Avancemos
La Ley N°9617 “Fortalecimiento de las Transferencias Monetarias Condicionadas del Programa Avancemos”, coadyuva a la inclusión, la permanencia, la asistencia y la reincorporación al sistema educativo de las personas estudiantes. Así mismo se establece la integración del Consejo de Coordinación de Avancemos conformado por el Ministerio de Educación Pública (MEP), el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) y el Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS).
Para el 2023, el Consejo de Coordinación acordó que solo se le continuará brindando este beneficio a quienes estén cursando primaria o secundaria, y que estén en condición de pobreza extrema o pobreza básica, según el Sistema Nacional de Información y Registro Único de Beneficiarios del Estado (SINIRUBE).

¿Cuáles son los requisitos?
Generales
- Cédula de identidad vigente o documento de identificación válido, de la persona que realiza el trámite para la solicitud de beneficios, la cual se verificará mediante la consulta al Tribunal Supremo de Elecciones o a la Dirección General de Migración y Extranjería, salvo casos de excepción debidamente justificados.
-
En caso de declaratoria de estado nacional de emergencia emitida por el Poder Ejecutivo o por normativa externa de rango superior, que coincida con los fines y objetivos del IMAS, se aceptará la consulta al Tribunal Supremo de Elecciones y la Dirección General de Migración y Extranjería, sobre la persona a quién se le realizará la resolución del beneficio como representante de la familia u hogar.
- Documento de identificación válido en el caso de personas menores de edad extranjeras, salvo casos de excepción debidamente justificados, como una declaratoria de estado nacional de emergencia.
- Documentos que demuestren los ingresos de todas las personas del núcleo familiar: constancia salarial para personas aseguradas directas, constancia de pensión de cualquier régimen o pensión alimentaria, declaración jurada de ingresos, en los casos de personas adultas no aseguradas directas.
-
En los casos de Emergencias, se aceptará la declaración jurada de ingresos, en caso de no contar en el momento de la atención, con la constancia salarial o la constancia de pensión.
En caso de declaratoria de estado nacional de emergencia emitida por el Poder Ejecutivo o normativa externa de rango superior, que coincida con los fines y objetivos del IMAS, se aceptará la información de ingresos registrada en la Ficha de Información Social del IMAS, la Ficha de Inclusión Social del SINIRUBE, la Ficha de Información Social de Personas Institucionalizadas y Casos Especiales y otras disponibles en instituciones públicas.
Descargue aquí el modelo de declaración jurada.
- Informar el medio para realizar las respectivas notificaciones (teléfono, correo, dirección domiciliar o laboral).
Específicos
- Constancia o comprobante de matrícula en el sistema educativo con un mes de emitida como máximo, que incorpore el nivel educativo en que se encuentre la persona estudiante.
El IMAS cuenta con un Catálogo de Trámites, publicado en la página Trámites Costa Rica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio-MEIC. En dicho catálogo se pueden consultar los beneficios que otorga el IMAS con sus requisitos y el fundamento legal de dicho requisito.
Link: https://tramitescr.meic.go.cr/tramites/BuscarTramites.aspx
Volver a beneficios