Emprendimiento Productivo Individual
Es el financiamiento no reembolsable para facilitar la creación y fortalecimiento de actividades productivas lícitas de acuerdo con los siguientes motivos: producción agropecuaria, comercio, artesanía, vestuario y calzado, productos alimenticios, agroindustrial e industrial y participación en ferias, entre otros; con el fin de mejorar la situación socioeconómica de las personas, familias y hogares.
El beneficio Emprendimiento Productivo, permite el financiamiento de solicitudes individuales para la adquisición de maquinaria y equipo, materia prima, capital de trabajo, apoyo en la comercialización, construcción de obras de infraestructura productiva, pago de gastos de implementación (planos, permisos de construcción, pólizas, movimiento y/o compactación de tierras, mano de obra, así como cualquier otro gasto que se relacione con el proceso de implementación de una actividad productiva), reparación o mantenimiento de equipo y otros que se demanden en el inicio o consolidación de una actividad productiva.

Para combatir el COVID-19, recuerde cumplir con todos los protocolos.
-
Lavado correcto y frecuente de manos.
-
Uso obligatorio de mascarilla en espacios compartidos y espacios cerrados.
-
Mantener buena ventilación en los espacios de trabajo.
-
Vacunación completa.
-
Distanciamiento físico.
-
Protocolo de tos y estornudo.
-
Evitar asistir a lugares muy concurridos.
¿Cuáles son los requisitos?
Generales
- Presentar cédula de identidad vigente o documento de identificación válido, de todas las personas mayores de edad integrantes del núcleo familiar, salvo casos de excepción debidamente justificados.
En caso de declaratoria de estado nacional de emergencia emitida por el Poder Ejecutivo, se aceptará la consulta al Tribunal Supremo de Elecciones y la Dirección General de Migración y Extranjería, sobre la persona a quién se le realizará la resolución del beneficio como representante de la familia u hogar.
- Documento de identificación válido en el caso de personas menores de edad extranjeras, salvo casos de excepción debidamente justificados, como una declaratoria de estado nacional de emergencia.
- Documentos que demuestren los ingresos de todas las personas del núcleo familiar: constancia salarial para personas aseguradas directas, constancia de pensión de cualquier régimen o pensión alimentaria, declaración jurada de ingresos, en los casos de personas adultas no aseguradas directas.
En los casos de Emergencias, se aceptará la declaración jurada de ingresos, en caso de no contar en el momento de la atención, con la constancia salarial o la constancia de pensión.
En caso de declaratoria de estado nacional de emergencia emitida por el Poder Ejecutivo, se aceptará la declaración de ingresos registrada en la Ficha de Información Social del IMAS, la Ficha de Inclusión Social del SINIRUBE, la Ficha de Información Social de Personas Institucionalizadas y Casos Especiales y otras disponibles en instituciones públicas.
Descargue aquí el modelo de declaración jurada
Específicos
- Facturas proforma donde se detallen los bienes y servicios que se van a adquirir, a nombre de la persona beneficiaria.
- Copia del permiso de funcionamiento o habilitación del Ministerio de Salud, o documento que indique que la actividad no lo requiere.
- Copia de patente o documento municipal que demuestre que no se requiere patente para la actividad a subsidiar por parte del IMAS.
- Informe Registral de la propiedad cuando el terreno es un recurso necesario para la actividad productiva. Si la propiedad no está a nombre del solicitante, se deberá aportar contrato de alquiler, préstamo o documento de adjudicación del ente público que es propietario del inmueble.
- Los requisitos correspondientes al beneficio Mejoramiento de Vivienda cuando la solicitud incluya construcción de obras fijas.
- Certificado de capacitación técnica en la actividad a desarrollar, o nota de clientes que demuestre su experiencia, o documento que acredite antecedentes en la actividad a desarrollar. Nota de referencia del Ministerio de Agricultura y Ganadería que demuestre que la persona solicitante se dedica a actividades agropecuarias, cuando corresponda. Documento que demuestre que el ganado está libre de brucelosis, cuando corresponda.
- Certificado veterinario de operación, para el caso de actividades reguladas por el SENASA.
El IMAS cuenta con un Catálogo de Trámites, publicado en la página Trámites Costa Rica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio-MEIC. En dicho catálogo se pueden consultar los beneficios que otorga el IMAS con sus requisitos y el fundamento legal de dicho requisito.
Link: https://tramitescr.meic.go.cr/tramites/BuscarTramites.aspx